viernes, 29 de abril de 2011

El congreso de Escoltas tratará mañana en Bilbao la reducción de servicios

Bilbao, 27 abr (EFE).- Más de 300 profesionales vinculados con el sector de la seguridad participarán mañana y el viernes en Bilbao en el IV Congreso Nacional de Escoltas, en el que se analizará la reducción de servicios de estos profesionales, entre otros asuntos.
Según han indicado fuentes de la Asociación Española de Escoltas, organizadora del encuentro, la crisis económica y la disminución de la amenaza terrorista "han configurado un escenario en el que se han tomado decisiones de reducción de servicios sin un adecuado análisis de riesgo".
Además de los escoltas privados, tomarán parte profesionales de la Guardia Civil, Ertzaintza, Cuerpo Nacional de Policía, Mossos D' Escuadra y Policía Municipal de Bilbao. También participarán el viernes representantes políticos, que debatirán sobre el final de ETA.
Según los organizadores, los servicios de escolta atraviesan en la actualidad "un difícil momento" tras una pérdida de más de 600 empleos en los últimos dos años.
En la actualidad, unos 4.800 escoltas prestan servicio activo en toda España, aunque las fuentes citadas prevén una disminución basada "en decisiones económicas ligadas a la tregua trampa de la banda terrorista".
Según ha advertido esta asociación, que agrupa al 80 por ciento de los escoltas privados en España, "la amenaza terrorista ha disminuido, pero en absoluto ha desaparecido".
La coordinación de los profesionales de la seguridad privada con los cuerpos y fuerzas de seguridad, la creación de nuevos servicios en este ámbito, la internacionalización de los servicios o el futuro de la protección en relación al terrorismo y la delincuencia organizada serán asuntos a debatir en el congreso de escoltas.
Sus responsables propondrán a las instituciones y a las fuerzas de seguridad la asunción de nuevas responsabilidades en colaboración con ellas como la protección de víctimas de violencia de género, la protección de altos cargos del Estado, las Comunidades Autónomas y Ayuntamientos o misiones especializadas ligadas a la protección internacional o las repatriaciones y expatriaciones de personas. EFE

Sistemas de alarma en el ámbito de la seguridad privada


La creación de una nueva Orden Ministerial, que trate y de desarrolle, de forma exhaustiva, las Secciones 6º y 7ª del Capítulo III, Título I, del Reglamento de Seguridad Privada, que regulan las materias de instalación y mantenimiento de sistemas de seguridad, las condiciones que deben reunir este tipo de instalaciones, las características de cada uno de sus componentes, las obligaciones y responsabilidades a que están sometidas las empresas instaladoras y las que realizan los mantenimientos de los sistemas, así como la actuación de las centrales de alarmas en el tratamiento de la señales que reciben y los distintos procedimientos de verificación, va a suponer un importantísimo avance en el desarrollo de este segmento del sector de la seguridad privada.
Desde la aprobación de las primeras normas que regulaban la seguridad privada, se pudo constatar la necesidad que existía de abordar la redacción de una norma que fijase todos aquellos aspectos que afectaban al normal funcionamiento de los sistemas de alarmas y que permitiera situar a este sector de actividad en una posición adecuada a los tiempos actuales, adaptando tanto la tecnología utilizada como las formas de trabajo a la realidad existente en la mayoría de los países de Europa.
Por otra parte, la poca definición de alguno de los aspectos que regulaban el desarrollo de estas materias ha supuesto, para esta parte del sector, una situación de permanente inquietud provocada por la diversidad de criterios e interpretaciones, administrativos y judiciales, que estaban presidiendo el desarrollo de su labor.
Tras un largo proceso de estudio y análisis de la situación actual, así como del desarrollo de estas materias en países del entorno, se ha procedido a la elaboración de esta nueva Orden Ministerial que modifica, sustancialmente, lo existente hasta este momento, a la vez que incorpora muchas novedades, así como la tecnología y los procedimientos que en la actualidad vienen recogidos en distintas normas EN, UNE-EN y UNE, que han sido aprobadas o se encuentran en proceso de aprobación por los Comités Técnicos dedicados a esta actividad.
Otras referencias normativas
LEY DE SEGURIDAD PRIVADA
LEY 23/1992, DE 30 DE JULIO, DE SEGURIDAD PRIVADA (BOE núm. 186, de 4 de agosto), en su redacción dada por:
DECRETO-LEY 2/1999, DE 29 DE ENERO (BOE núm. 26, de 30 de enero).
LEY 14/2000, DE 29 DE DICIEMBRE (BOE núm. 313, de 30 de Diciembre).
REAL DECRETO-LEY 8/2007, DE 14 DE SEPTIEMBRE (BOE núm. 225, de 19 de septiembre
LEY 25/2009 (Art. 14) (BOE núm 308, de 23 de diciembre)REGLAMENTO DE SEGURIDAD PRIVADA
REAL DECRETO 2364/1994 DE 9 DE DICIEMBRE, que aprueba el Reglamento de Seguridad Privada(BOE núm. 8 de 10 de enero de 1995).
Corrección de errores, (BOE núm 20 de 24 de Enero de 1995.)
Modificado por:
REAL DECRETO 938/1997, DE 20 DE JUNIO (BOE núm. 148, de 21 de junio).
REAL DECRETO 1123/2001, DE 19 DE OCTUBRE (BOE núm. 281, de 23 de noviembre).
REAL DECRETO 277/2005, DE 11 DE MARZO (BOE núm. 61 de 12 de marzo).
SENTENCIA DE 30 DE ENERO DE 2007, DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO (BOE núm. 55, de 5 de marzo).
REAL DECRETO 4/2008, DE 11 DE ENERO (BOE núm. 11, de 12 de enero).

SENTENCIA DE 15 DE ENERO DE 2009, DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO (BOE núm. 52, de 2 de marzo).
REAL DECRETO 1628/2009, DE 30 DE OCTUBRE (BOE núm 263, de 31 de octubre).
REAL DECRETO 195/2010, DE 26 DE FEBRERO (BOE núm. 60, de 10 de marzo).
EL CONTENIDO DE ESTA PUBLICACIÓN LO ES A EFECTOS MERAMENTE INFORMATIVOS. EL ÚNICO TEXTO FIDEDIGNO ES EL PUBLICADO EN EL B.O.E. Nº 42 DE 18.02.2011 Y SU CORRECCIÓN DE ERRORES DEL B.O.E. Nº61 de 12.03.2011
Novedades
En primer lugar, se recuerdan, especifican y amplían las características de las Instalaciones de Seguridad conectadas, que siempre habrán de ser realizadas por empresas de seguridad autorizadas. Resulta fundamental y necesario destacar, por novedosa y por afectar directamente tanto a esta Orden como a las de Empresas y Medidas, la introducción del Sistema de Normalización, constituido por las Normas EN, UNE-EN y UNE aprobadas en la actualidad y que se vayan aprobando en un futuro, por los comités electrotécnicos nacionales de normalización (CENELEC), en los que participa España y la mayoría de los países Europeos.
Estas normas regulan diferentes aspectos relativos al funcionamiento de las centrales de alarmas, en todas las materias que les afectan y que van desde los sistemas de alarmas contra la intrusión y atraco, hasta los sistemas de videovigilancia para su uso en aplicaciones de seguridad, pasando por las guías de aplicación de cada una de la normas.
En relación con la importancia de esas Guías de Aplicación, conviene destacar la que hace referencia a los proyectos de instalación, y, entre ellos, como ejemplo, el que viene recogido en la UNE-EN 50131-7, en la que se define como debe ser realizado el proyecto de diseño de un sistema, incluyendo el estudio del emplazamiento del edificio, su mantenimiento y otros varios aspectos que recoge la mencionada Norma.
La obligatoria aplicación de todas estas normas europeas EN y españolas UNE, supondrán una notable mejora no solo, y de forma general, en las instalaciones sino también en efectividad y, por tanto, el resultado de las mismas, con el consiguiente beneficio para todas las partes implicadas. También es importante destacar, dentro del campo de aplicación de las mencionadas Normas que regulan los sistemas de alarma, el establecimiento, como obligatorios, de los denominados Grados de Seguridad, que vienen contemplados en la UNE-EN 50131, y que definen la seguridad de los sistemas en función del riesgo a proteger. Como se sabe, cada uno de los 4 grados que la norma recoge le será de aplicación a los distintos sistemas de seguridad instalados, siendo el grado 4 para los establecimientos de alto riesgo, el grado 3 para los establecimientos obligados, el grado 2 para el resto de los sistemas que se conecten a centrales de alarma, y el grado 1 para los no conectados.
Por otra parte, también se incorpora el Sistema de Certificación de todos los elementos de seguridad que formen parte de un sistema, lo que presupone que deberán estar aprobados conforme a las mencionadas normas y contar con la evaluación de conformidad de los Organismos de Control acreditados, es decir, certificados, en cuanto a su fabricación, por estos Organismos, que además deberán, a su vez, estar autorizados por las respectivas Entidades de Acreditación autorizadas en cada uno de los países de la Unión Europea, lo que comúnmente se conoce como productos certificados.
Los ya mencionados Proyectos de Instalación deberán ir acompañados, de forma obligatoria, además de por la documentación acreditativa que reciban de los fabricantes de los productos, por un certificado emitido por la propia empresa de instalación, que implicará la aceptación de la responsabilidad y, a su vez, será la garantía de que las instalaciones se adecuan a lo exigido por la Norma. En relación el Mantenimiento de los Sistemas, se especifican, en los correspondientes anexos, las distintas tareas y periodicidad de las obligatorias revisiones presenciales y bidireccionales, por ser consideradas esenciales para el buen funcionamiento de los sistemas.
El Capítulo II trata incorpora la respuesta a una de las principales demandas del sector de las alarmas: la carencia de un protocolo de verificación. Por fin, en esta Orden, se establecen los Procedimientos de Verificación de las alarmas, uno de los temas que más se ha solicitado en los últimos años por el sector y del que se espera suponga una mejora sustancial de las garantías que requieren estos procesos, tanto para el sector como para la Administración. En este capítulo se definen los diferentes procedimientos que deben ser utilizados para considerar una señal de alarma legalmente verificada, recogiendo, además, otras situaciones que por sus características o por su urgencia permiten comunicar las alarmas sin necesidad de otras verificaciones.
Los procedimientos son, básicamente, cuatro: la verificación secuencial, que permitirá, si el sistema tiene un diseño adecuado, garantizar la realidad de la alarma; la verificación mediante vídeo, que debe permitir, a través de la imagen, discriminar la veracidad o no de la señal recibida; la verificación por audio, que utiliza el sonido para discriminar las señales reales de las falsas; y, por último, la verificación personal, que es un recurso que, además de efectivo, puede suponer una eficaz colaboración con las fuerzas de seguridad que atiendan los avisos.
En la verificación personal, desarrollando lo previsto en el artículo 49 del Reglamento de Seguridad Privada, se definen las distintas causas y situaciones que se pueden producir al prestar este tipo de servicios de acuda (custodia de llaves, inspección exterior, inspección interior), así como la forma precisa de utilizar esta herramienta en cada una de ellas, estando recogida también la posibilidad, cuando concurran circunstancias muy específicas, de utilizar armas de fuego, como prevé la norma para otras situaciones, así como que la custodia de las llaves recaiga en personal del lugar protegido. La incorporación a la normativa de seguridad privada del nuevo concepto de Alarma Confirmada ofrece a las centrales de alarma una garantía jurídica de que, cuando concurran las circunstancia recogidas en este artículo, no solo pueden comunicar como alarma real la señal o señales recibidas, sino que tienen la obligación de hacerlo de forma inmediata sin temor a la sanción.
En el siguiente capítulo se tratan los temas relativos a la Comunicación de Alarmas, estableciendo, en primer lugar, una serie de protocolos de comunicación obligatorios, que deberán cumplir las centrales de alarma cuando realicen sus avisos, así como los cuerpos de seguridad responsables de la intervención. También se ofrece un mayor alcance y precisión de lo que se considerará como falsa alarma, recogiendo una amplia serie de supuestos que permitirán, a todas las partes implicadas, tener un concepto claro de las situaciones que pueden dar lugar a su denuncia y sanción, así como la obligación que tienen las centrales de justificar sus actuaciones en los casos de comunicación de falsas alarmas.
Otro de los aspectos al que se le da un mayor tratamiento es el de la obligación de Desconexión de los Sistemas conectados a una central motivada, por comunicar falsas alarmas, o de silenciar las señales acústicas, en caso de los no conectados, así como los períodos de desconexión. En relación con esto, es importante destacar que, cuando por las causas referidas en la Orden, se exija a los usuarios la subsanación de su sistema o, en su caso, venza el período de desconexión, se les requerirá para que sus sistemas reúnan las mismas condiciones que una nueva conexión, lo que supone el preceptivo proyecto y la adecuación y cumplimiento de todo lo que se recoge en la normativa.
Otra novedad destacable dentro de esta Orden, es la regulación, por primera vez, de los conocidos como sistemas de Alarmas Móviles, sobre los cuales se ha establecido su concepto, ámbito de aplicación y procedimiento de actuación, determinando, además, diversos requisitos de su modo de empleo derivados de su finalidad.
También se ha aprovechado la ocasión para tratar algunos aspectos que hacen referencia a la Formación del Personal, que ha sido considerado, desde todos los ámbitos, como muy necesario para profesionalizar al sector, responsabilizando a las empresas, tanto de instalación y mantenimiento como a las de centralización de alarmas, de la formación del personal que interviene en cualquiera de los servicios que prestan a los usuarios, es decir, instalaciones y revisiones, atención de la alarmas y los servicios de acuda y verificación personal.
Por último, por medio de distintas Disposiciones, se regulan aspectos generales de suma importancia, como es la actualización normativa mediante la incorporación de todas las Normas UNE o UNEEN que, sobre estas materias, vayan apareciendo o modificándose, lo que permitirá una permanente actualización en los distintos aspectos que afectan a la evolución técnica y de procedimiento; la exclusión de la obligación de constituirse como empresas de seguridad aquellas empresas que se dediquen, de forma exclusiva, a la instalación de sistemas contra incendios, aunque permaneciendo la posibilidad de que estos sistemas sean conectados a centrales de alarma; los plazos de adecuación de los sistemas a los nuevos requerimientos, que será de diez años para los ya instalados, y desde el momento de su entrada en vigor para los nuevos, permitiendo la instalación, en los sistemas, de componentes que en el momento de la instalación no estén regulados por la normas UNE, con la condición de que se adecuen cuando aparezcan normas que determinen sus características para cumplir con los grados de seguridad.

Un informe detecta graves irregularidades en el servicio de emergencias de Cataluña

Frente a los recortes de personal anunciados por la Generalitat


Los problemas de la sanidad catalana no sólo son los recortes previstos de 1.000 millones de euros en los presupuestos de este año. A este tijeretazo se añade ahora un demoledor informe sobre el Servicio de Emergencias Médicas (SEM) que fiscaliza las actuaciones de este organismo de la Generalitat durante los años 2007, 2008 y 2009.

Sólo en las obras de su sede central, que fueron presupuestadas en 4 millones de euros en el año 2006, se gastaron en total 9.449.083,07 euros, ya que durante los últimos años se fueron añadiendo gastos extraordinarios. Estas obras, adjudicadas a la empresa Nordcontainer, fueron denunciadas en su día por la oposición y ahora se encuentran bajo investigación judicial.
Y es que los 4 millones iniciales pasaron en un año a ser 5,9 millones. Una certificación de obras de noviembre del año 2007 ya subía el coste a 7,6 millones. El mismo día de esta certificación, se reconocieron también otros 805.000 euros por el cableado de la nueva central unificada del SEM, lo que hizo subir la factura a 8,4 millones.

Pero tres meses después se añadió algo más de un millón de euros (por lo que la factura total fue de 9,4 millones) "en concepto de trabajos adicionales de 2007 y 2008 por obras de terceros, como la automatización de puertas exteriores, la instalación de climatización adicional, de energía solar y de grupo electrógeno, el acondicionamiento y limpieza del falso techo, la adecuación de los subterráneos, la modificación de los sistemas de control de accesos, la instalación de humidificadores, el arreglo de exteriores y jardines, la construcción de pasarelas de acceso para climatización o el pago de tasas administrativas".
Esa es sólo una de las irregularidades detectadas. En el año 2009, el SEM había adjudicado a una UTE la gestión operativa del sistema de emergencias, así como los medios y servicios de atención e información. En otras palabras, los servicios de gestión de Sanidad Tramita, Sanidad Programa, Sanidad Responde y Sanidad Llama. La UTE estaba formada por las compañías International Helth Services Argentina (IHSA) y Consorci Hospitalari de Catalunya Consultoria i Gestió. La calidad del servicio era tan deficiente que en el año 2009 la Administración acordó romper el contrato. Entre otras cosas, el sistema se colgaba periódicamente, a veces dos veces por semana.
El importe del servicio durante el último ejercicio fiscalizado era de más de 3,3 millones de euros, de los que se pagaron un total de 2,1 millones. Un informe interno de la propia Generalitat, sin embargo, detallaba que la evaluación económica de los servicios prestados oscilaba entre 307.000 euros y 571.000 euros, por lo que la UTE se había embolsado, como mínimo, 1.529.000 euros indebidamente. A tenor de estos datos, la Sindicatura concluye que "estos hechos podrían ser constitutivos de un posible indicio de responsabilidad contable".
El 3 de agosto del 2010, el SEM acordó rescindir el contrato e incautar la garantía, que ascendía a 224.400 euros. En octubre del año pasado, interpuso en los tribunales un recurso contencioso-administrativo y éstos le dieron la razón en enero del 2011. Después de la elaboración del informe, la Sindicatura tuvo conocimiento de que el servicio público de salud de la Generalitat (CatSalut) había enviado el tema a la fiscalía a finales del año pasado, por lo que las actuaciones de la UTE se encuentran bajo investigación en la actualidad.
Revisar los precios ilegalmente
La adjudicación de los servicios de emergencias médicas a domicilio en la ciudad de Barcelona también presenta actuaciones extrañas. En un principio, fueron adjudicados a la empresa Emergències Plus AIE por algo más de 8 millones y una duración de cuatro años. Pero la empresa solicitó un mes después el retraso en el inicio por "imposibilidad de recursos disponibles". Ello derivó en la rescisión de la mayor parte del contrato por mutuo acuerdo. La compañía se quedó sólo con un lote (el de la zona de litoral mar) por valor de algo más de 1,6 millones de euros.
Los otros cuatro lotes se adjudicaron directamente a Mutuam MPS, que comenzó a operar el 12 de febrero del 2008. En septiembre de ese año, se prorrogó y se aumentó el precio un 9,8%, lo que, según la Sindicatura, "incumple los límites que establece la Ley de contratos del sector público, en el sentido de que durante el primer año de ejecución del contrato no se puede hacer la revisión de los precios".
Además, tras realizar un informe de auditoría se descubrió que "el número de servicios mensuales garantizados en contrato y en consecuencia pagados por el SEM son un 24,84% superiores a los efectivamente realizados por la adjudicataria del servicio". En sus conclusiones, el organismo fiscalizador detalla que "la adjudicación de este servicio se realizó sin dar trámite al procedimiento negociado que prevé el artículo 159.2 del texto refundido de la Ley de contratos de las Administraciones públicas para los contratos de gestión de servicios públicos que requieren ser adjudicados por imperiosa urgencia y, por tanto, contraviniendo el principio de libre concurrencia de la contratación pública. Tampoco se exigió a la empresa adjudicataria del servicio el depósito de la garantía definitiva preceptiva".
Indemnización por incumplimiento de contrato
Pero el informe de la Sindicatura va más allá y afirma que la resolución parcial del contrato entre la Administración y Emergències Plus AIE "no era procedente y, en cambio, era preciso aplicar las medidas previstas en el texto refundido de la ley de contratos en caso de incumplimiento culpable del adjudicatario". En otras palabras, que el SEM debería haber solicitado una indemnización a la empresa, ya que ésta no pudo cumplir su parte del contrato que le fue adjudicado.
Mención aparte merece la adjudicación del transporte sanitario urgente y no urgente, que fue adjudicado en el 2006 por cuatro años a razón de 98 millones anuales. Se repartió la oferta entre 16 lotes, adjudicados a 9 empresas. En julio del 2007, el SEM firmó un convenio con los sindicatos y la patronal de ambulancias para asumir también costes extraordinarios laborales, lo que supuso un sobrecoste de 117,6 millones a repartir entre los cuatro ejercicios del contrato, "un 29% más del precio primitivo del año 2006". Ello hizo subir los importes de cada lote entre el 24 y el 34,2%. Sin embargo, la Sindicatura no se pronuncia sobre el convenio firmado y el aumento del gasto público en este caso.Más allá de estas anomalías, también se descubrió que, desde 2007 a 2009, el SEM contrató de forma directa un total de 10,7 millones de euros a cinco proveedores por suministros y servicios, "la adjudicación de los cuales habría requerido la convocatoria de procedimientos abiertos de contratación o bien el cumplimiento de los principios de publicidad y concurrencia, según el caso". En definitiva, un cúmulo de circunstancias que dejan en entredicho la gestión de las emergencias durante los últimos años.

LOS FUGITIVOS MAS BUSCADOS

miércoles, 27 de abril de 2011

UGT: El exceso de horas laborales condiciona la calidad de vida del trabajador e impide la creación de empleo

UGT: El exceso de horas laborales condiciona la calidad de vida del trabajador e impide la creación de empleo

TÍTULO XV.DE LOS DELITOS CONTRA LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES.

Artículo 311.

Serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses:

Los que, mediante engaño o abuso de situación de necesidad impongan a los trabajadores a su servicio condiciones laborales o de Seguridad Social que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual.

Los que en el supuesto de transmisión de empresas, con conocimiento de los procedimientos descritos en el apartado anterior, mantengan las referidas condiciones impuestas por otro.

Si las conductas reseñadas en los apartados anteriores se llevaren a cabo con violencia o intimidación se impondrán las penas superiores en grado.

Artículo 312.

1. Serán castigados con las penas de prisión de dos a cinco años y multa de seis a doce meses, los que trafiquen de manera ilegal con mano de obra.

2. En la misma pena incurrirán quienes recluten personas o las determinen a abandonar su puesto de trabajo ofreciendo empleo o condiciones de trabajo engañosas o falsas, y quienes empleen a súbditos extranjeros sin permiso de trabajo en condiciones que perjudiquen, supriman o restrinjan los derechos que tuviesen reconocidos por disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual.

Artículo 313.

El que determinare o favoreciere la emigración de alguna persona a otro país simulando contrato o colocación, o usando de otro engaño semejante, será castigado con la pena prevista en el artículo anterior.

Artículo 314.

Los que produzcan una grave discriminación en el empleo, público o privado, contra alguna persona por razón de su ideología, religión o creencias, su pertenencia a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía, por ostentar la representación legal o sindical de los trabajadores, por el parentesco con otros trabajadores de la empresa o por el uso de alguna de las lenguas oficiales dentro del Estado español, y no restablezcan la situación de igualdad ante la ley tras requerimiento o sanción administrativa, reparando los daños económicos que se hayan derivado, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años o multa de 12 a 24 meses.

Artículo 315.

1. Serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses los que mediante engaño o abuso de situación de necesidad, impidieren o limitaren el ejercicio de la libertad sindical o el derecho de huelga.

2. Si las conductas reseñadas en el apartado anterior se llevaren a cabo con fuerza, violencia o intimidación se impondrán las penas superiores en grado.

3. Las mismas penas del apartado segundo se impondrán a los que, actuando en grupo, o individualmente pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga.

Artículo 316.

Los que con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física, serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.

Artículo 317.

Cuando el delito a que se refiere el artículo anterior se cometa por imprudencia grave, será castigado con la pena inferior en grado.

Artículo 318.

Cuando los hechos previstos en los artículos de este título se atribuyeran a personas jurídicas, se impondrá la pena señalada a los administradores o encargados del servicio que hayan sido responsables de los mismos y a quienes, conociéndolos y pudiendo remediarlo, no hubieran adoptado medidas para ello. En estos supuestos la autoridad judicial podrá decretar, además, alguna o algunas de las medidas previstas en el artículo 129 de este Código.

domingo, 24 de abril de 2011

Aeropuerto de Castelló Guardia Civil y seguridad privada blindan el aeropuerto y sus accesos ante la fiesta «rave»

Las autoridades desconocen el alcance de la convocatoria a través la red social e insisten en la prohibición de entrada al recinto


Agentes de la Guardia Civil y efectivos de seguridad privada se movilizan este fin de semana para proteger el aeropuerto de una amenaza incierta. La convocatoria de un fiesta «rave» a través de una red social, a la que se adhirieron más de 21.000 personas, ha obligado a desplegar un dispositivo de salvaguardia en torno a la infraestructura. Nadie es capaz de precisar cuánta gente acudirá entre hoy y mañana al aeropuerto. Las autoridades ya han advertido de que no se permitirá el paso.
Lo que empezó como una broma en internet se ha convertido en una seria preocupación para los responsables del aeropuerto de Castelló, que han pedido a la Subdelegación del Gobierno que actúe. Fuentes gubernamentales confirmaron ayer a este diario que se han previsto «efectivos suficientes para garantizar la seguridad de los bienes y personas». También para preservar y controlar las dos vías de acceso a las instalaciones: la autovía CV-10 y la carretera CV-13.Las mismas fuentes subrayaron que no ha habido ninguna solicitud oficial para celebrar ningún tipo de evento y que el aeropuerto está cerrado al público.

La seguridad se multiplica por 15Aerocas también prevé un notable incremento de la seguridad privada en el recito. El director general de la sociedad, Juan García Salas, aseguró que la cifra de efectivos «se ha multiplicado por 15 para garantizar que nadie penetra dentro el perímetro de 12,5 kilómetros del aeropuerto». García Salas destacó el despliegue que realizará la Guardia Civil para evitar que se ocasionen daños. «Han preparado una acción de protección importante, tanto en el aeropuerto como en las carreteras de acceso. Espero que no pase nada», apostilló. El director de Aerocas subrayó que los riesgos no se limitan al aeropuerto, ya que organizar una fiesta o acampar en la pinada cercana entraña peligro de incendio.

El organizador y EU acudirán
El efecto de la convocatoria es una incógnita. Una cosa es adherirse en «facebook» a un evento y otra desplazarse hasta Vilanova d´Alcolea a sabiendas de que el acceso al aeropuerto está prohibido.
El promotor de la iniciativa en la red social confirmó que acudirá el domingo por la mañana con un grupo de amigos. «Sí que iré a ver qué pasa», aseguró Pau a este diario. Esquerra Unida también ha confirmado que secunda la convocatoria. Incluso ha contratado para mañana un autobús para desplazar a la gente interesada. El autobús saldrá a las diez de la plaza de la Muralla de Castelló rumbo a las instalaciones de Vilanova-Benlloch. Iniciativa del Poble Valencià estudia sumarse al evento.
Hace unas semanas se habilitó en «facebook» un enlace que convocaba para este fin de semana la «gran fiesta inaugural y pública» del aeropuerto. A modo de sátira, el organizador se hizo eco de las palabras del presidente de la diputación, Carlos Fabra, en las que manifestó su voluntad de que los ciudadanos puedan pasear por las instalaciones antes de que entren en funcionamiento. «Aprovechemos la oportunidad que nos brindan Fabra y Camps para pasar una alegre jornada festiva en las instalaciones que amablemente nos ceden. Podemos hacer fiestas, barbacoas, discomóviles, empinar el catxirulo, menjar-nos la mona...», rezaba la convocatoria, a la que se agregaron más de 21.000 internautas.

Alertan sobre piratas


PORT LAUNAY, Seychelles 21-Abr .- Al Ministro Peter Sinon, titular de Inversiones e Industria de Seychelles, hay algo que le preocupa tanto o más que la actividad de los piratas en el Océano Índico: la posibilidad de que los piratas establezcan vínculos con grupos terroristas y lleven su actividad al fanatismo religioso.

Y es que en la República de las Seychelles, un grupo de 115 islas ubicadas en el Océano Índico, se han producido casi 400 abordajes desde 2009. El más reciente ataque se produjo ayer, cuando el navío italiano Rosalia D'Amato, que se dirigía a Irán procedente de Brasil, fue secuestrado.

"Estamos muy preocupados. Es muy, muy probable que (los piratas) tengan lazos con grupos terroristas", dijo a REFORMA Sinon, al margen de la "Tuna Conference", el congreso anual sobre el atún al que acuden los principales representantes de la industria atunera mundial y especialistas del sector.

"El problema es que no tenemos las herramientas necesarias para investigar adecuadamente sobre esto", añadió Sinon, al hablar del negocio de los piratas, el cual, según recientes estimaciones, vale más de 60 millones de dólares al año, un dato que deriva de los rescates que se pagan a los corsarios.

El caso es que Somalia, país del cual provienen los piratas y cuyas costas están a casi mil 300 kilómetros de Seychelles, está sin Gobierno efectivo desde 1992, lo que se añade al reto creciente del auge de los islamistas de Al-Shabab, ligados a la red terrorista Al-Qaeda en el cuerno de África.

"Después de las negociaciones acordamos compartir 20 por ciento de los rescates y ellos liberarían a nuestros líderes. Ahora nuestra relación con Al-Shabab ha mejorado", dijo en febrero un pirata que se identificó como Alí al explicar las condiciones de un acuerdo firmado entre su grupo y los milicianos de Al-Shabab.

"Han abierto la oficina marítima para mejorar la seguridad y la coordinación entre nosotros. Estamos felices porque no tenemos alternativas salvo aceptar las demandas de Al-Shabab para mantener Hardhere como nuestra base", añadió.

La situación se suma a los graves daños que la piratería ya ha provocado al sector del atún, que le vale a las industrias 130 millones de euros al año --se trata de la segunda entrada para Seychelles.

En total, según datos de la planta de procesamiento de atún Indian Ocean Tuna, la más grande del Índico, 30 por ciento de los barcos atuneros que operaban allí se han ido, pero 40 por ciento paga hasta medio millón de euros al año por barco para embarcar agentes de seguridad armados hasta los dientes.

"En este momento tenemos a cuatro agentes a bordo de cada barco. Son policías o ex militares con experiencia previa que están titulados como vigilantes de seguridad privada, con titulación efectiva de manejo de armas y que además hacen unos cursos específicos de manejo de armamento militar", informó a REFORMA Borjas Soroa, director general de la empresa española Pevasa, la primera de ese país en tener un barco secuestrado en abril de 2008.

La cuestión es que la actividad de los piratas no se detiene nunca, sólo es menos intensa cuando el viento del monsón sopla más fuerte, entre mayo y los meses de agosto y septiembre, agregó Soroa, quien, sin embargo, duda de que haya infiltraciones de Al-Qaeda.

Todo esto, mientras en la zona patrullan 20 barcos de la Fuerza Naval Europea para Somalia, en el marco de la operación antipiratas Atalanta, y otros tantos de los gobiernos de Rusia, China, Japón, Malasia, India, Estados Unidos y la OTAN.

"Y es que los piratas son cada más agresivos. Si no frenamos ya este fenómeno, que es un negocio muy lucrativo, va a empeorar, se va a extender al Océano Pacífico, al Atlántico y en todo el mundo", advirtió Sinon, quien sitúa en 2007 el año del inicio de los abordajes.

Refinan su técnica para abordar barcos

Entre las dificultades que hay para contrarrestar la piratería en el Océano Índico no sólo está la inmensidad de aguas en las cuales se mueven los piratas, equivalente a toda Europa Occidental, sino también a que los corsarios están refinando sus técnicas de abordaje, según allegados al tema.

"Algunos están usando barcos mercantes que capturan como buques nodrizas (barcos de soporte, que se usan como bases operativas en alta mar)", explicó Borjas Soroa, de la empresa pesquera española Pevasa.

"Y eso es lo que les está permitiendo alejarse más de las costas, hasta la India o donde sea", añadió Soroa, quien, sin embargo, descartó que los piratas usen equipos con tecnología muy avanzada.

Precisó que algunos sí llevan ordenadores portátiles, radios y localizadores GPS, pero no aparatos mucho más sofisticados.

Casi todos los piratas previenen de Somalia, el único país del mundo sin Estado, donde 78 por ciento de la población carece de acceso a servicios de salud, menos de 30 por ciento tiene acceso a agua potable y sólo 17 por ciento sabe leer y escribir, según la organización Médicos Sin Fronteras.